La Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) de la zona Noreste comunica la oferta de dos modalidades de pensión de acuerdo a la Ley 97 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): renta vitalicia y retiro programado.
La renta vitalicia, de acuerdo al IMSS, menciona que este es un tipo de contrato por el cual una aseguradora, a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual, se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida del beneficiario.
Foto de Andrea Piacquadio de Pexels: https://www.pexels.com/es-es/foto/mujer-joven-ayudando-al-hombre-mayor-con-el-pago-en-internet-usando-laptop-3823488/
Por su parte, el retiro programado, según explica el IMSS, es un tipo de pensión que se contrata con la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), en la que se está registrado. Cabe mencionar que el monto que se reciba de pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta del trabajador, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que le calculen.
También existe la pensión mínima garantizada, el cual es un complemento para quienes no pueden contratar las otras dos modalidades.
Accede a la Calculadores de Ahorro y Retiro (Régimen de Ley 97) aquí: https://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/imss/CalculadoraIMSS.aspx?fbclid=IwY2xjawIiH3VleHRuA2FlbQIxMAABHSrRKAY0VgaG0jE0RUPm5Ubr7mItOhS1we4_bLEMsr4MDbE1ez1fjzJ06A_aem_FI8YnGernXxj_bIFG9iBGA
Revisa la Metodología de la Calculadores de Ahorro y Retiro aquí: https://www.consar.gob.mx/gobmx/Aplicativo/calculadora/imss/PDF/Metodolog%C3%ADa_Calculadora_de_Retiro.pdf?fbclid=IwY2xjawIiH49leHRuA2FlbQIxMAABHeXDEr81ohY3gbCe65CYEsgymE9DXI_svAPHxOhs1ldPQtxAPc_JkXQ4mA_aem_y2qxwk04QSLrgmz7BkAzyA
| SÍGUENOS
