La portabilidad entre el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en esencia, busca conjuntar las cotizaciones realizadas ante ambos durante diversos intervalos de vida del trabajador.
En función de este tema, la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) de la zona Noreste, comparte detalles relacionados sobre la portabilidad entre institutos de afiliación de la salud pública y los casos de excepción:
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Las semanas cotizadas en el ISSSTE podrán transferirse al IMSS a partir de que la persona solicitante cumpla los 59 años de edad, siempre y cuando:
- Su régimen en el ISSSTE sea de cuentas individuales.
- Esté dada de baja en aquel instituto.
- El último periodo cotizado sea en el IMSS.
Como caso de excepción, la persona podrá solicitar la portabilidad antes de los 59 años si reúne las semanas de cotización requeridas para una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley del Seguro Social vigente y el saldo de su cuenta individual sea el suficiente para garantizarle una pensión en el sistema de rentas vitalicias superior al 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.
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