Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional de la Región Noreste

CALIDAD

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Comisiones pertenecientes a la

Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional

La Vicepresidencia de la Calidad de la Práctica Profesional estará dedicada a la difusión de los esfuerzos y objetivos logrados a nivel nacional, respecto de la Calidad en la Profesión entre el IMCP y las comisiones que le competen de acuerdo a la Norma de Revisión de Gestión de la Calidad (NRGC).

Comisión Técnica de Calidad de la Práctica Profesional

La Vicepresidencia Operativa de Calidad de la Práctica Profesional forma parte del Órgano de Gobierno y del Comité Ejecutivo Regional del IMCP del Noreste, A.C.

Fundamento: Estatutos 3.01 y 3.08 del IMCP del Noreste, A.C.

La Vicepresidencia de la Calidad en la Profesión estará dedicada a la difusión de los esfuerzos y objetivos logrados a nivel nacional, respecto de la Calidad en la Profesión entre el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. y las comisiones que le competen de acuerdo a la Norma de Revisión de Gestión de la Calidad (NRGC), abriendo las comisiones necesarias para la difusión y estudio de la misma, que tengan las federadas o delegaciones en nuestra Región, buscando en todo momento ofrecer servicios de capacitación a los contadores que laboran en este rubro, para su integración a los Colegios.

Fundamento: Estatuto 8.13 del IMCP del Noreste.

Foto de Karolina Grabowska: https://www.pexels.com/es-es/foto/mujer-boligrafo-papel-financiar-7876509/

Foto de Karolina Grabowska: https://www.pexels.com/es-es/foto/hombres-negocio-financiar-debatiendo-7876672/

Las comisiones de trabajo estarán a cargo de las Vicepresidencias de Operación: i) la Vicepresidencia de la Calidad en la Profesión. También tendrá a su cargo a la Comisión de Control de Calidad y las necesarias.

Fundamento: Estatutos 8.01 y 8.13 del IMCP del Noreste.

Para el logro de los objetivos tanto del IMCP Nacional e IMCP del Noreste, la Vicepresidencia de la Calidad en la Profesión de la Zona Norte, funge como representante, miembro de enlace y coordinación entre las comisiones normativas homologas nacionales dependientes de la Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional y las federadas de la región que representa.

Fundamento: Estatutos 8.13 del IMCP del Noreste y 4.10 estatutos del IMCP.

Fundamento: Art. 3.3. Reglamento de la Norma de Revisión de Gestión de la Calidad.

Las Comisiones Administradoras conformadas en las Federadas y sus Regiones y, a falta de cualquiera de estas, mediante las Vicepresidencias Regionales, tendrán la obligación de apoyar a la CAC, en las siguientes actividades:

  1. Difundir el proceso de entrega oportuna de las Manifestaciones de cumplimiento.
  2. Identificar aquellas Firmas que, debiendo hacerlo, no estén registradas en el padrón de Firmas y/o que no hayan presentado su manifestación de cumplimiento y evaluar la procedencia de imponer la acción disciplinaria que corresponda.
  3. Vigilar que el padrón se encuentre actualizado respecto de la información recibida en los términos del artículo 2.6.
  4. Difundir el uso de los mecanismos de registro y envío de Manifestaciones de cumplimiento, así como de actualización de información de las Firmas en caso de cambios.
  5. Convocar a profesionistas con los requisitos establecidos para conformar el registro de revisores postulados y colaborar en el mantenimiento y/o actualización de estos.
  6. Podrán recomendar la inclusión o rechazo de revisores.